Unos de los principales temores que hemos observado en nuestros clientes, cuando ponen a nuestra disposición su propiedad en régimen de alquiler, es la posibilidad que no lleguen a abonarlos las cuotas que tienen estipuladas. Para tranquilidad de todos, desde Gumper tenemos que decir que este tipo de situaciones resultan más excepcionales que habituales.
Sin embargo, con un carácter meramente preventivo, te aportaremos información de cómo tendrías que actuar si te encontraras ante tal problemática. Tenemos que hacer una primera distinción entre el que son los atrasos y el impago.
El atraso implica que el inquilino abona con demora, aunque sea de unos días, la cantidad determinada por el goce de la vivienda. El impago implica que este abono no se realiza.
Sin embargo, a nivel jurídico, ambas circunstancias pueden llegar a catalogarse de la misma forma.
Cuando estamos en estos supuestos y después de vernos en la situación en varias ocasiones, tendremos que intentar solucionar la problemática con nuestro inquilino aportándole un aviso por escrito.
Si después de intentarlo, continuara con la misma actitud, se puede emprender la vía judicial. A través de la vía judicial, podemos solicitar que se nos abonen las cantidades que se nos deben, que se rescinda el contrato que hemos establecido o que se pase a desahuciar al inquilino.
Actualmente, una de las garantías de trabajar con un profesional, es que te ayudamos a gestionar los seguros en caso de impago por lo que cuando nos encargamos de buscar el inquilino perfecto para tu inmueble, en Gumper también te proporcionamos todo lo necesario para que puedas estar tranquilo en cuanto a la cobertura y confianza de los rendimientos de tu alquiler.
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No dudes en contactarnos, tenemos expertos que te resolverán cualquier duda.
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