¿Cómo puedo vender un piso heredado?
Vender un piso heredado puede ser un proceso largo y tedioso si no se conocer los trámites a realizar y los pasos más adecuados a seguir. En Gumper, tenemos una amplia trayectoria y podemos asesorarte de forma eficaz para que sea un proceso fácil, por ello, hemos preparado este artículo acerca de cómo vender un piso heredado y lo que debes tener en cuenta para cerrar la operación con éxito.
Trámites previos para la vender un piso heredado
Cuando hemos heredado un piso, existen unos trámites previos que debemos realizar antes de poder ponerlo a la venta. Estos trámites son imprescindibles para poder llevar a buen término cualquier operación futura ya sea la venta del piso heredado o su puesta en alquiler.
- Escrituras del inmueble: Lo primero y esencial que debes hacer con el piso heredado es proceder a su escritura ante notario, es lo que se denomina aceptación o adjudicación de herencia. Si sois varias personas las que habéis heredado el piso, todos vosotros deberéis realizar la firma ante notario, ya que será un bien compartido, salvo que aquellos que no puedan comparecer, autoricen a un tercero mediante poder notarial.
- Pago de tasas. En la mayor parte de comunidades autónomas debemos realizar el pago de las tasas denominado Impuesto de sucesiones. Es importante que tengas en cuenta que es de carácter obligatorio y que dispones de 6 meses para realizarlo. Aunque, existe la posibilidad de solicitar una moratoria para su aplazamiento en determinadas circunstancias así como bonificaciones. El impuesto lo fija cada Comunidad Autónoma por lo que puede variar considerablemente en función del lugar de residencia de la persona fallecida. Este aspecto es realmente importante, ya que el impuesto se calcula en función del lugar en el que la persona fallecida tenía su residencia habitual, no en el lugar en el que se hay el inmueble, así, que, para liquidar el impuesto de sucesiones de tu piso heredado, deberás tenerlo en cuenta.
Otra particularidad de este impuesto es que se trata de un impuesto progresivo, quiere decir que a mayor valor del bien heredado mayor será el impuesto a pagar.
- Pago de impuestos plusvalía municipal. Si pensabas que después del pago del impuesto de sucesiones ya habías terminado en cuanto a pagos, aún te queda pasar por un par más de etapas. La primera de ellas será el pago del impuesto de plusvalía municipal y que deberás abonar en el ayuntamiento, este pago refiere a la diferencia de valor que haya podido tener el inmueble desde que su anterior propietario compró o heredó la vivienda hasta el día de hoy.
- Registro de Propiedad. Ya hemos terminado nuestros trámites previos a poder ostentar el título de propietarios, y para finiquitar este proceso, deberemos proceder a realizar la inscripción como los propietarios de dicho bien frente al registro de la propiedad. Este paso será el que realmente nos haga propietarios del inmueble, por lo que, si estamos preparando la venta de nuestro piso heredado, deberemos figurar como titulares del bien en cuestión.
El importe del registro va a depender del bien del inmueble, así como de las situaciones personales en las que podamos encontrarnos, ya que algunos colectivos pueden tener alguna reducción impositiva, por lo que nuestra recomendación que te asesores desde el principio para no pagar de más. Hemos comentado los 4 pasos esenciales para tener nuestro piso heredado en propiedad, ya que te recordamos que el hecho de ser heredero no te hace titular legítimo de los bienes hasta no realizar los trámites comentados. Estos trámites pueden generarte dudas importantes, especialmente en cuanto a los montantes a liquidar se refieren, como ya hemos comentado existen múltiples matices que pueden modificar los pagos a realizar, por ejemplo, en algunos casos, si el heredero tiene alguna discapacidad reconocida puede tener una compensación en los diferentes cargos impositivos. A continuación, vamos a centrarnos en el ámbito de Catalunya para definir los pagos de impuestos:
¿Cuánto tengo que pagar por heredar un piso en Barcelona?
Tal y como hemos comentado anteriormente, cada Comunidad Autónoma tiene diferentes formas de valorar el importe a abonar en una herencia. En Catalunya, la Agencia Tributaria ha elaborado una pequeña guía para ayudar a los contribuyentes a tener presentes sus obligaciones y derechos para el pago de los impuestos derivados de la herencia de un inmueble. Puedes acceder a https://atc.gencat.cat/web/.content/documents/02_doc_tributs/02_isd/guia_isd_es.pdf , como verás es muy sencillo y podrás descargártela en pocos minutos al cumplimentar un formularios. Dentro de esta guía podemos encontrar también las reducciones en Catalunya en herencias de inmuebles, por ejemplo:
- Reducción de impuesto de sucesiones por parentesco
En Catalunya las relaciones de parentesco se establecen teniendo en cuenta el grado de cercanía con el fallecido:
- Grupo I: Los hijos del fallecido que sean menores de 21 años tienen una reducción de 100.000 euros. Cada año que tengan de menos de la edad fijada (21) se añadirán 12.000 euros a la bonificación hasta un máximo de 196.000 euros en total.
- Grupo II: Los hijos mayores de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes:
- Hijo mayor de 21 años: 100.000 euros
- Cónyuge o pareja estable: 100.000 euros
- Resto de descendientes: 50.000 euros
- Ascendientes: 30.000 euros
- Grupo III: Hermanos, sobrinos, tíos y ascendientes o descendientes por afinidad, tienen una reducción de 8.000 euros.
- Grupo IV: Los primos y grados más distantes, así como personas extrañas ajenas al parentesco no tendrán ninguna reducción.
- Reducciones por discapacidad
La reducción por discapacidad es complementaria a todos los aspectos mencionados antes. Es decir, podemos beneficiarnos de aplicar esta reducción por discapacidad más la que nos corresponde de los grupos comentados anteriormente.
- Aplicación de minusvalía igual o superior al 33%: En este caso la reducción que se aplica es de 275.000 euros.
- Aplicación de minusvalía igual o superior al 65%: En este caso la reducción que se aplica es de 650.000 euros.
- Reducción para personas mayores
Si tenemos más de 65 años podemos acogernos a una reducción de la base imponible de hasta 275.000€, no obstante, para poder disfrutar de esta reducción debemos estar englobados en el grupo II (Hijos mayores de 21 años, cónyuges, adoptantes…). Además de estas reducciones, existen otras particulares por lo que es recomendable contactar con un experto que pueda gestionarnos toda la tramitación de la herencia, el estudio de su liquidación y su posterior venta.
¿Qué pasa si no soy el único heredero y quiero vender?
Es muy habitual que cuando heredamos una propiedad pueda darse la circunstancia de que no seamos herederos únicos de dicho inmueble. Esto nos determina nuestras opciones para poder gestionar el bien. A continuación, vamos a profundizar en cómo vender un piso heredado del que no soy único titular. Cuando nos encontramos ante esta situación, nos referimos a querer realizar acciones sobre un bien indiviso, puesto que no podemos tomar una herramienta y repartir la propiedad entre los herederos. Así bien, iniciamos un proceso especialmente peculiar, ya que difícilmente alguien va a comprar un porcentaje de una vivienda únicamente. En posts futuros haremos referencia a los diferentes procesos de venta que puedes enfocar cuando quieras vender tu piso heredado en caso de no estar de acuerdo. Pero te anticipamos, que aunque te parezca obvio, el buen entente entre los propietarios facilitará mucho el proceso y evitará compras parciales. Recordarte, que como co-propietario del bien, no tienes la obligación de vender tu parte, en circunstancias habituales, pero que si quieres vender el inmueble, deberás pasar, quizás por adquirir las partes que no sean tuyas para poder realizar la transacción.
¿Me interesa heredar un inmueble y hacer frente a los pagos?
Asesorados por experto y calculadora en mano debemos evaluar lo que supone heredar el inmueble. En primera instancia, pueden parecernos trámites complejos a los que hay que añadir el desembolso inicial de un capital que puede ser importante e incluso puede parecer que no lo podamos asumir. Es esencial en ese momento pensar a medio y largo plazo para tener en consideración las diferentes formas de rentabilidad como puede ser la venta del piso heredado su puesta en alquiler etc.
En Gumper somos expertos en la gestión del patrimonio por lo que podemos acompañarte y asesorarte en todo el proceso. Puedes enviarnos las consultas sobre la venta o herencia de tu piso y nuestro equipo asesor estará encantado de ayudarte. Además, también puedes dejarnos tus dudas en los comentarios de este artículo o en nuestras redes sociales. ¡Estamos para ayudarte!
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